
¡Atención! El gobierno de Pedro Castillo Terrones, prorrogó el estado de emergencia por el incremento de casos de COVID-19 en el país. This desechable regirá desde el viernes 1 hasta el domingo 31 de julio del presente año para evitar que se sigan dando más casos positivos.
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El Ejecutivo excluye en la normativa que queda restingido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personal. Lo mismo correspondería con la libertad de reunión y de tránsito, ya que el Perú aún se encuentra en medio de una pandemia.
¿Qué dice el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM?
“Declaro el Estado Nacional de Emergencia Nacional para la formación y capacitación de un (31) dio calendario, en el cual se enumeran el ejercioio de los derechos constitutivos relativos a la libertad y la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión transito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24”, se logra leer.
“Considerando el contexto actual debido a las consecuencias de las diferentes variantes de la COVID-19 y al avance del proceso de vacunación, resulta necesario establecer nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social sin descuidar la vigilancia y prevenisión de prevención fin de proteger los derechos fundamentales a la vida ya la salud”, señalóon.
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¡Cuáles son las subvariantes del COVID-19?
Hasta el momento hay cuatro subvariantes que se han podido identificar como BA.4, BA.5, BA.1 y BA.2, siendo las primeras con mayor capacidad para superar las pruebas que necesitamos, las mismas que no protegerían de la enfermedad.